Paulina Mendietta seleccionada como “Tomorrow’s Leader” por International Employment Lawyer.

FLEXIBILIDAD DEL PROCEDIMIENTO DEL DESPIDO

Nos complace compartir el artículo, escrito por nuestro socio Santiago Marván Urquiza, recientemente publicado en la 16ª Edición de The Legal Industry Reviews (Febrero 2025).

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia ha confirmado la validez de la reforma al artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), estableciendo que la falta de entrega del aviso de despido solo genera una presunción de despido injustificado, pero permite que el patrón pueda demostrar lo contrario.

Históricamente, la LFT exigía a los empleadores entregar un aviso escrito a los trabajadores despedidos, y su omisión implicaba que el despido se considerara injustificado. Sin embargo, con la reforma de 2019 y la reciente resolución de la Suprema Corte, se flexibiliza el proceso para los patrones, permitiéndoles justificar el despido en juicio aún sin haber entregado el aviso por escrito.

¿Qué significa esto?

  • Los empleadores pueden probar en juicio las razones del despido, incluso sin el aviso escrito.
  • Se elimina la consecuencia automática de considerar injustificado un despido solo por la falta de notificación.
  • Se otorga mayor margen de defensa a los patrones en casos de litigios laborales.

Ésta decisión impacta directamente en las relaciones laborales y en la manera en que se gestionan los despidos en México. ¿Cómo afectará esto a trabajadores y empleadores? ¡Descúbrelo en el artículo completo!

Leer artículo.

ULTIMAS NOTICIAS